Abogados y Asesores Tributarios
Especialistas en Asesoramiento Fiscal de Grupos de Empresas y Patrimonios Familiares
Abogados y asesores de referencia en Valencia
PORTOBÉS es una firma valenciana de Abogados y Asesores tributarios dedicada al asesoramiento jurídico y fiscal integral. Nos define la excelencia, la innovación y la confianza, ¿Quieres saber más de nosotros?
Preguntas frecuentes
¿Estoy pagando más impuestos de los que debería por no aplicar deducciones que ni conozco?
Sí, es muy posible. Todo depende del grado de implicación y conocimientos del asesor. Es un error escoger a la persona responsable de preparar nuestras declaraciones de impuestos basándose únicamente en el precio. Cuando el precio es muy bajo, lo más probable es que el asesor no pueda dedicar el tiempo necesario a estudiar si se pueden aplicar deducciones y beneficios fiscales, y a planificar estrategias de ahorro fiscal. Por eso al final el coste fiscal es mucho mayor. Por ejemplo, si por una declaración de renta nos cobran 50 €, pero no aplican una deducción que nos supone una devolución de 600 €, el coste fiscal total de la declaración es de 650 €. En cambio, si nos cobran 150 €, pero nos aplican la deducción de 600 €, nuestro coste fiscal será sólo de 150 €.
¿Cuándo conviene pasar de autónomo a sociedad limitada?
No hay una cifra mágica, pero suele plantearse cuando los beneficios se estabilizan en un nivel alto: el IRPF es progresivo y sus tramos altos superan la tributación de una sociedad, que tributa al tipo general del Impuesto sobre Sociedades del 25 % (15 % para entidades de nueva creación durante los dos primeros ejercicios con beneficios). También pesan limitar la responsabilidad al patrimonio de la sociedad, transmitir solidez o preparar la entrada de socios. Conviene analizar su caso concreto antes de dar el paso, porque una SL añade obligaciones contables y de gestión.
¿Qué diferencia hay entre una gestoría y una asesoría, y qué incluye la cuota?
Una gestoría tramita y presenta lo que toca en plazo: impuestos, nóminas y seguros sociales. Una asesoría va más allá y analiza su situación para anticipar decisiones fiscales, laborales, contables y mercantiles. En PORTOBÉS la cuota suele englobar la contabilidad, las obligaciones fiscales periódicas, las nóminas y las consultas recurrentes; los proyectos puntuales, como una reestructuración societaria, se presupuestan aparte. Le explicamos siempre con claridad qué entra y qué no, para que no haya sorpresas.
¿Qué gastos puedo deducir como autónomo o como sociedad?
Como regla general, el gasto debe estar vinculado a la actividad, justificado con factura a su nombre y registrado en la contabilidad. Suministros, cuota de autónomos, asesoría, seguros, formación o el alquiler del local suelen ser deducibles; los gastos particulares y los mixtos sin criterio claro generan problemas. En vehículo, teléfono o vivienda usados en parte para el negocio, la deducción tiene matices y conviene documentarla bien. Ante la duda, mejor acreditar el gasto que arriesgarse a una regularización.
Si Hacienda me inspecciona, ¿mi asesor da la cara conmigo o me quedo solo ante el problema?
El trabajo del asesor en una inspección empieza mucho antes de recibir la carta de Hacienda. La preparación de las declaraciones ha de hacerse de modo que se minimice el riesgo de comprobación, y teniendo preparada toda la documentación y explicaciones para el caso en que pueda llegar una Inspección. De ese modo, podemos acompañar al cliente a lo largo del procedimiento, preparando una defensa adecuada y eficaz, con lo que se incrementan las posibilidades de que la Inspección finalice satisfactoriamente.
¿Cuánto cuesta contratar a mi primer empleado y qué debo tener en cuenta?
Al salario bruto hay que sumar la cotización a cargo de la empresa, que en el Régimen General suele rondar el 31-32 % del bruto (las contingencias comunes a cargo de la empresa son el 23,60 %, más desempleo, FOGASA, formación y el tipo por accidentes según la actividad). Antes de contratar debe obtener el código de cuenta de cotización, formalizar el contrato y dar de alta al trabajador. Existen bonificaciones según el perfil y el tipo de contrato; conviene revisar el cuadro de incentivos vigente para no dejarlas pasar.
¿Qué obligaciones contables tiene una pyme?
Una sociedad debe llevar contabilidad ajustada al Código de Comercio y al Plan General Contable, con libros diario e inventario y las cuentas anuales. Los libros se legalizan telemáticamente en el Registro Mercantil dentro de los cuatro meses siguientes al cierre (hasta el 30 de abril para ejercicios cerrados a 31 de diciembre), y las cuentas se depositan tras aprobarse en junta. Además, la documentación mercantil debe conservarse seis años. Un autónomo tiene obligaciones más ligeras según su régimen.
¿Qué modelos y plazos fiscales tiene una sociedad limitada?
Cada trimestre se presentan, entre otros, el modelo 303 de IVA y el 111 de retenciones de IRPF, habitualmente hasta el día 20 de abril, julio, octubre y enero. A ello se suman los pagos fraccionados del Impuesto sobre Sociedades (modelo 202) y la declaración anual del impuesto (modelo 200), que para ejercicios coincidentes con el año natural se presenta hasta el 25 de julio. También hay declaraciones informativas anuales. Un calendario propio evita llegar tarde a cualquier vencimiento.
¿Puedo cambiar de asesoría a mitad de año y cómo se hace?
Sí, ninguna norma le obliga a esperar al cierre del ejercicio. Lo prudente es evitar los meses de presentación de trimestrales y el cierre anual, revisar el preaviso de su contrato y dejar por escrito quién asume lo que esté en curso. Su asesoría anterior está obligada a entregarle toda su documentación. Un traspaso ordenado y sin lagunas evita duplicidades y problemas posteriores con la Administración.
¿Qué es una sociedad holding y cuándo interesa?
Una holding es una sociedad matriz que agrupa las participaciones de otras empresas del grupo o del patrimonio familiar. Bien diseñada, ordena la gestión, permite aplicar la exención del 95 % sobre los dividendos y plusvalías entre sociedades del grupo (artículo 21 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades) y ayuda a planificar el relevo generacional. No es una fórmula para todos: tiene sentido cuando conviven varias sociedades, actividades o socios. Lo desarrollamos en detalle en nuestra página de asesoramiento fiscal holding.
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